Autor: Josep Miquel Bonet Santacreu
El molino de Fet tenía un larga historia, de la cual no conocemos su origen.
La primera mención que de momento conocemos es del año 1689, obtenidas gracias a la investigación de Francisco Rourera Rourera en la historia de los señores de Fet (1):
“En 1698 murió Tomás Abarca, señor de Fet, y dejó en su testamento a su Magdalena de Áger y Queralt como usufructuaria mientras viviese de la dominicatura, jurisdicciones del lugar de Fet, de su término, de los molinos y de la su casa palacio.”
En el año 1738 vuelve a salir el doble molino (2):
María Feliz Abarca y Ager señora de los lugares de Ramastué, Fet, el Estall y Cerulla, en el Extracto de les Preeminencias y Regalías de la Casa de Calasanz (19 de octubre de 1738), consta como señora del “lugar de Fet, que igualmente tiene la Jurisdicción civil y criminal, nombra Alcaldes y Regidores, cobra el derecho dominical de quistia, y cobra también la décima de todos los frutos, menos de legumbre basta; que tiene también “molinos harinero, de aceite”, … que así mismo tiene su “casa y palacio” que forma un castillo con sus almenas y otras señales de tal fabricado a lo antiguo, por el que desde una de las piezas principales se pasa por un puente al coro de la iglesia, … y en la misma iglesia una “capilla” llamada del Cristo con diversas fundaciones por los señores de dicho lugar.“
Aunque no disponemos de documenación que corrobore nuestra hipótesis, creemos que el molino de Fet sería un monopolio del señor de Fet, y sus habitantes, como vasallos de su señor, se veían obligados a utilizar estas instalaciones para molturar los cereales, a cambio de una determinada cantidad de la producción; y para el molino de aceite o almazara pasaría una cosa similar (3).
Por tanto los vasallos, a más de pagar los correspondientes tributos al señor, se veian forzados a acudir obligatoriamente al molino, para obtener harina y aceite, a cambio de una parte de su producción.
No sabemos si el señor controlaba el molino directamente o bien lo arrendaba, pero tenía que mantenerlo en buen funcionamiento (“andante”) y pagar el salario al molinero.
Suponemos que esto funcionaría así hasta como mínimo desde el siglo XVII (que es cuando tenemos la primera noticia del molino) hasta comienzos del siglo XIX.
También sabemos que en el molino vivían familias, dado que Francisco Rourera Rourera, en sus estudios genealógicos ha localizado en una partida de matrimonio de Joan Cortés Jessé y Maria Camarasa Claverol en el año 1772, en la cual se afirma que la novia vivía en el Molino de Fet.

A comienzo de siglo XIX se abolió el régimen señorial, pero esto fue un proceso bastante largo:
- En 1811 las cortes de Cádiz abolieron los señoríos.
- En 1814 el rey Fernando VII anuló la obra de las cortes de Cádiz y reinstauró el antiguo régimen.
- En el periodo que va entre 1820 y 1823 los liberales llegaron al poder (trienio liberal), y volvieron a abolir los señoríos.
- En 1823 el rey Fernando VII volvió a reinstaurar el régimen señorial.
- En 1837, años después de morir Fernando VII, el régimen señorial quedó definitivamente abolido.
Por lo que sabemos de Fet (4), en 1821 (o en algún año posterior), el señor de Fet vendió el molino al matrimonio Mariano Romá y Francisca Pociello.
En la próxima entrada hablaremos de quien era este matrimonio y de la historia del molino en el siglo XIX.
- https://blogdefetenespanol.home.blog/2022/05/13/historia-de-fet-x-senores-de-fet-siglo-xvii/
- https://blogdefetenespanol.home.blog/2022/06/24/historia-de-fet-xi-senores-de-fet-siglo-xviii/
- En el libro “Los molinos del Alto Aragón (Severino Pallaruelo.Colección de estudios Altoaaragoneses. Instituto de Estudios Altoaragoneses) nos explica como funcionaban los molinos de los señores laicos como el de Fet.
- Escritura del año 1821, de venta de tierras del señor de Fet al Sr. Pedro Llevot, donde se afirma que se resera la venta del molino al matrimonio formado por Mariano Romá y Francisca Pociello.
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1 comentario en “El molino (II). Época del señor de Fet”